La Ley Núm. 47-2021, conocida como la Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, establece la administración de los incrementos al salario mínimo estatal, la determinación de aumentos futuros y la emisión de decretos mandatorios especiales. Para implementar esta política pública, la Ley Núm. 47-2021 creó la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo, la cual está adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Dicha comisión está compuesta por siete (7) miembros designados por el Gobernador de Puerto Rico, con el consejo y consentimiento del Senado. Debe incluir al menos cuatro (4) economistas y es presidida por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos.
Sus miembros son: