Aquí podrá descargar formularios oficiales, que pueden ser necesarios en su reclamación de los siguientes programas de Seguro por Desempleo.
Todo trabajador que trabaje para un patrono que tenga empleado a una o más personas es elegible. Puede ser un patrono:
Mínimo $60.00 - Máximo $240.00 semanales para el Programa Regular.
Mínimo $60.00 - Máximo $240.00 semanales para el Programa Agrícola.
Otros Beneficios
Requisitos de Elegibilidad Monetaria:
Haber trabajado en por lo menos dos trimestres del período básico. El período básico lo componen los primeros cuatro trimestres de los últimos cinco trimestres naturales cumplidos sin contar el trimestre en el cual se llena la reclamación.
Sistema de Experiencia
El 50% de los beneficios que se pagan al reclamante se cargan a la cuenta del último patrono y el otro 50% se distribuye entre los patronos del período básico. Cuando el patrono no está de acuerdo con los beneficios cargados a su cuenta, puede solicitar una reconsideración a la Sección de Reconsideraciones del Sistema de Experiencia.
En todos los casos se conduce una entrevista de búsqueda de datos a los fines de determinar la elegibilidad del reclamante. En ambos casos se notifica al último patrono de la decisión emitida.
Renuncia: El reclamante tiene que evidenciar que la misma fué justificada.
Despido: El patrono tiene que evidenciar que el mismo fué justificado.
Si el reclamante se reemplea, y queda desempleado nuevamente y su año de beneficios no se ha vencido, puede reabrir su reclamación.
¿Qué requisitos debe cumplir mientras recibe los beneficios?
No será elegible a beneficios durante la semana en que:
Una reclamación establecida por un trabajador cuya jornada de trabajo ha sido reducida por escasez de trabajo. La cantidad a pagar depende de las horas trabajadas y el beneficio semanal asignado.
¿Por cuánto tiempo es válida una reclamación; y cuánto tiempo puede una persona cobrar beneficios?
Una reclamación es válida por 52 semanas a partir de la fecha de efectividad. El reclamante es elegible a cobrar 26 semanas de desempleo.
Ninguna determinación es final
El reclamante al igual que el patrono tiene derecho a apelar cualquier determinación a la que no estén de acuerdo.
Pueden apelar ante:
Lista de Ocupaciones Aprobadas para Adiestramiento
Visitando la dirección: https://desempleo.trabajo.pr.gov/reclamantes/
Reclamación de Beneficios Semanales
La División de Seguro por Desempleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, ha creado un Sistema Automatizado de Voz para brindarles un mejor servicio. Podrá utilizar el sistema para establecer o reabrir su reclamación, obtener información adicional, último cheque enviado y reclamar semanas.
Los reclamantes que deseen radicar reclamaciones subsiguientes, verificar el estatus de su último pago y el status de su reclamación, podrán visitar la siguine dirección https://desempleo.trabajo.pr.gov/ReclamacionSubsiguiente/.
La ley impone penalidades severas a aquellos reclamantes que ofrezcan información falsa con el propósito de obtener beneficios. Algunos de los datos que usted provea al establecer su reclamación serán verificados con otras agencias acogidas al sistema de intercambio de información.
• Si durante el transcurso de su reclamación usted cambia de dirección postal o residencial visite su oficina local.
• Si descontinúa su reclamación porque consiguió empleo o por cualquier otra razón, posteriormente puede reabrir, renovar o establecer un caso nuevo.
• Ninguna determinación es final. Tiene derecho apelar cualquier determinación con la cual no esté de acuerdo. Tiene (15) días para solicitar una reconsideración o apelación, las cuales contaran a partir de la fecha de entrega o envío de la determinación. Mientras usted se encuentra en el proceso de apelación tiene que continuar con sus reclamaciones cada dos (2) semanas.
Edificio National Plaza
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Piso 10 y 12
Tel. 787-625-3137
Oficina Central
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Guaynabo, PR 00970
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