El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 141-2019, conocida como la “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública” y de acuerdo con la política pública del Gobierno, facilita el acceso y divulgación de la información pública. Dicha información se presume pública y accesible a todas las personas por igual, derecho que emana de nuestra Constitución, salvo las normas y excepciones aplicables. En caso de dudas, favor de referirse a la Ley Núm. 141-2019.
La Ley Núm. 141-2019 establece un procedimiento uniforme para el acceso a la información pública que generen o estén en custodia de las agencias gubernamentales y otros organismos del Gobierno. Cónsono con ello, cada agencia tendrá la obligación de designar al menos tres servidores públicos como Oficiales de Información, los cuales tendrán la responsabilidad de recibir las solicitudes de información, tramitar las mismas y facilitar el acceso a los documentos dentro del término establecido.
Estos funcionarios deberán producir cualquier información pública que genere el Departamento, que no esté sujeta a las normas de confidencialidad para la inspección, reproducción o ambos de acuerdo a las restricciones de ley y excepciones aplicables. La divulgación de información se hará en un término no mayor de 10 días laborables, a partir de la solicitud. En caso de que la solicitud sea en una oficina regional del DTRH, el término será de 15 días laborales, para la divulgación. Los ciudadanos interesados en solicitar un requerimiento de información mediante la Ley Núm. 141-2019 podrán enviar el formulario oficial al correo electrónico infopublica@trabajo.pr.gov.
Cabe destacar que los Oficiales de Información designados por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos son: