El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 141-2019, conocida como la “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública” y de acuerdo con la política pública del Gobierno, facilita el acceso y divulgación de la información pública. Dicha información se presume pública y accesible a todas las personas por igual, derecho que emana de nuestra Constitución, salvo las normas y excepciones aplicables. En caso de dudas, favor de referirse a la Ley Núm. 141-2019.
La Ley Núm. 141-2019 establece un procedimiento uniforme para el acceso a la información pública que generen o estén en custodia de las agencias gubernamentales y otros organismos del Gobierno. Cónsono con ello, cada agencia tendrá la obligación de designar al menos tres servidores públicos como Oficiales de Información, los cuales tendrán la responsabilidad de recibir las solicitudes de información, tramitar las mismas y facilitar el acceso a los documentos dentro del término establecido.
El DTRH dispone de un término de veinte (20) días laborables para atender su solicitud, contados a partir del día laborable siguiente a la fecha de radicación. En aquellos casos en que los documentos solicitados excedan tres (3) años de antigüedad o trescientas (300) páginas, la agencia dispondrá de treinta (30) días laborables para atender la solicitud, contados de la misma manera. Acceda al Portal de Transparencia Pública para solicitar acceso a la información, recibir notificaciones y dar seguimiento de forma segura y transparente, conforme a la Ley 141-2019.
Cabe destacar que los Oficiales de Información designados por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos son: