El 3 de marzo de 2023, el Tribunal Federal declaró que la Ley Núm. 41-2022 es nula ab initio. Esto significa que la Ley Núm. 41-2022 nunca tuvo efectos jurídicos ya que no era válida desde su aprobación y, por ende, se mantiene el estado de derecho que existía previo a su firma. Conforme a la decisión del Tribunal Federal, el estado de derecho actual se rige por las leyes laborales según enmendadas por la Ley Núm. 4-2017 y otras leyes posteriores. Favor referirse a las Guías para la Interpretación de la Legislación Laboral de Puerto Rico Primera Edición (2019) para conocer la interpretación oficial de la agencia sobre las enmiendas introducidas por la Ley Núm. 4-2017. Los siguientes documentos fueron publicados teniendo en cuenta que la Ley Núm. 41-2022 estaba en vigor. Tras la declaración de nulidad, estos documentos carecen de fuerza de ley, no crean derechos sustantivos ni procesales, como tampoco imponen obligaciones o representan la interpretación oficial sobre las disposiciones legales actuales. Tampoco deben ser interpretados como un esfuerzo del DTRH o la Rama Ejecutiva para exigir el cumplimiento de la Ley Núm. 41-2022.
La Opinión del Secretario Núm. 2023-01 expone la posición oficial del DTRH sobre los efectos de la declaración de nulidad ab initio de la Ley Núm. 41-2022.